La magistrada Gloria Ortiz presentó en consideración de sus colegas en la Corte Constitucional una tutela que abriría uno de los debates, a su juicio, más polémicos del derecho constitucional actual: la existencia o reconocimiento de los derechos de los animales no humanos.
Indica que hay dos corrientes en la Corte, quienes están a favor del reconocimiento de al menos un derecho al "no sufrimiento injustificado", y de protegerlos a través de mecanismos de protección judicial, y quienes están en contra de esas posibilidades.
Para ello insistió para que la Corte admitiera una tutela interpuesta por la familia Ríos Alfonso, que reclama a la justicia la devolución de 'Bebé', mico aullador que los acompaña desde 2008 y ha ayudado al patriarca de la familia, Lugo Ríos, a superar un cáncer, pero que fue incautado por la CAR de Cundinamarca en 2014 debido a la prohibición que existe sobre la tenencia de fauna silvestre. Desde entonces, 'Bebé' se encuentra en cautiverio, aparentemente sufriendo, sin posibilidades jurídicas de retornarlo a la familia que lo consideró como un miembro más.
Con esta tutela la Magistrada propone abrir un precedente debido a que el expediente "no se limita a la protección de la vida del señor Lugo Ríos Rivera tras la pérdida de su 'mascota', sino que propone un estudio desde la perspectiva de los derechos del animal, quien ha mostrado signos de sufrimiento en el cautiverio en que se encuentra actualmente, y una dificultad para adaptarse a un hábitat natural, en el que nunca ha permanecido ni intentado sobrevivir, dado que desde recién nacido construyó lazos de empatía y afecto con una familia humana, sus costumbres y su entorno".
Lugo afirmó que el mico podría encontrarse deprimido, debido a que no ha querido alimentarse en cautiverio -que le impuso la CAR- y se aprecia que está domesticado. La fundación Bioandina Colombia también indicó que el mico muestra preferencia por el contacto humano.
Presidenta de la Corte, también a favor de discutir sobre estos derechos
La presidenta de la Corte Constitucional María Victoria Calle afirmó en el salvamento de voto de la sentencia C-283 de 2014, que prohibió el uso de animales silvestres y exóticos en circos, que "hace falta la concreción, en diversos escenarios, del mandato de protección animal, y que de este pueden surgir derechos; que la definición de las vías de protección se encuentra aún en estado incipiente; y que, sin embargo, existen buenas razones constitucionales para aceptar la existencia de un derecho fundamental en cabeza de los animales no humanos, sin perjuicio de los que paulatinamente son desarrollados por vía de derecho internacional, derecho interno, jurisprudencia y legislación".En esta sentencia fue derrotada la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacios, quien proponía que los animales pudieran ser representados de oficio, jurídicamente, por cualquier ciudadano.
Un abrazo,
Andrés.